Taxes

Prueba de Acceso 51 €
Apertura expediente 25 €
Curso completo (1ª matrícula) 4 €/ crédito
Asignaturas sueltas (1ª matrícula) 5 €/ crédito
Asignaturas sueltas (2ª matrícula) 7 €/ crédito

Tax exemptions or reductions

Total exemption:
  • Los alumnos beneficiarios de becas o ayudas al estudio de carácter general y los beneficiarios de becas o ayudas de carácter especial, cuando así se establezca en la correspondiente convocatoria. Estos alumnos se comprometen a tramitar dicha solicitud de beca en el plazo legalmente establecido. Si finalmente resultan beneficiarios de beca habrán de presentar el justificante en la Secretaría del centro en el plazo de 15 días después de la concesión. Si, por el contrario, se les denegara la beca deberán abonar el importe total de la matrícula en el mismo plazo o de lo contrario se procederá a la anulación de oficio de su matrícula.
  • Los alumnos que posean la condición de Familia Numerosa Especial justificará esta circunstancia aportando la fotocopia compulsada del carnet de familia numerosa actualizado
  • Los alumnos con un grado de minusvalía del 33% o superior.
  • Las víctimas de actos terroristas cónyuges e hijos.
  • Los alumnos que obtuvieran Matrícula de Honor • en Bachillerato, Ciclos Formativos de grado superior de formación profesional o de artes plásticas y diseño, así como los alumnos con premio extraordinario de Bachillerato o Formación Profesional.
50% Discount:

Los alumnos que posean la condición de Familia Numerosa General; se justificará la misma con fotocopia compulsada del carnet de familia numerosa actualizado.


Es posible fragmentar en dos plazos el pago de las tasas de matrícula. En este caso, se abonará la primera parte en el momento de formalizar la matrícula y la segunda parte durante la segunda quincena de diciembre del año en vigor.

No se cobrará tasa de matrícula por aquellas asignaturas convalidadas con anterioridad a la formalización de la matrícula.

La tasa de la prueba de acceso de la convocatoria de junio se reservará para la de septiembre si el aspirante no pudiera presentarse en junio por una causa justificada o por no haber aprobado el Bachiller, pagando solamente la diferencia de tasa en caso de que ésta hubiera sido modificada. La tasa de la prueba de acceso es reintegrable si lo solicitan en caso de que finalmente no se hayan podido presentar.

Los alumnos que acceden mediante acceso directo están exentos del pago de la tasa de acceso.